CAPÍTULO VII. COMITÉ EJECUTIVO

ARTÍCULO 7-1. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO

El Comité Ejecutivo será un órgano que fungirá como autoridad para el gobierno de la Asociación de Facultades y Escuelas de Ingeniería y estará integrado por los siguientes funcionarios:

  1. Un Presidente
  2. Un Vicepresidente General
  3. Un Secretario General
  4. Un Tesorero
  5. Un Vicepresidente Regional, para cada Región
  6. Un Secretario Regional, para cada Región
  7. Un Vocal de Eventos Académicos y Culturales
  8. Un Vocal de Difusión
  9. Un Vocal de Estatutos y Reglamentos
  10. Un Vocal de Afiliación, Estadística e Historia
  11. Un Vocal de Planeación y Programación
  12. Un Vocal de Relaciones Institucionales e Internacionales
  13. Un Vocal de Conferencias Nacionales
  14. Un Vocal de Vinculación con el Sector Productivo
  15. Un Vocal de Premios y Reconocimientos
  16. Un Vocal de Acreditación y Certificación
ARTÍCULO 7-2. CALIDAD DE LOS MIEMBROS ACTIVOS EN EL COMITÉ EJECUTIVO

Para ser miembro del Comité Ejecutivo se requiere ser director en funciones de alguna institución que sea Miembro Activo de ANFEI, con todos sus derechos vigentes y que sea elegido por la Asamblea General.

Quien ostente la representación de la Presidencia, deberá tener el título de ingeniero en cualquiera de las disciplinas.

Dado que los Miembros Activos de ANFEI son las instituciones, los cargos del Comité Ejecutivo no se otorgan a personas, sino a las escuelas o facultades que la integran. Por lo tanto, cuando por algún motivo un director cese en sus funciones ha de ser sustituido por su sucesor, previo consentimiento de éste.

ARTÍCULO 7-3. FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO

Además de las contenidas en otros capítulos de los presentes Estatutos, son funciones del Comité Ejecutivo:

7-3.1 Dar seguimiento al Programa de Trabajo del Comité, en el que cada uno de sus integrantes fungen como coordinadores o promotores del mismo.

7-3.2 Conocer las proposiciones y recomendaciones que hagan los planteles afiliados, y someter a consideración aquellas que le correspondan de la Asamblea General y ejecutar sus resoluciones.

7-3.3 Formular los presupuestos anuales de ingresos y egresos de la Asociación.

7-3.4 Vigilar la correcta aplicación del presupuesto de egresos.

7-3.5 Rendir a la Asamblea General la cuenta anual de los gastos de la Asociación.

7-3.6 Resolver asuntos administrativos y organizativos de la Asociación, así como vigilar su funcionamiento.

7-3.7 Dar cumplimiento a las resoluciones y recomendaciones emanadas de la Asamblea General, del Comité Ejecutivo, de la Conferencia Nacional de Ingeniería y de la Reunión General de Directores.

7-3.8 Editar y distribuir las memorias y conclusiones de la Conferencia Nacional de Ingeniería y de la Reunión General de Directores.

7-3.9 Formular los reglamentos a los que deban sujetarse las actividades del propio Comité y de cada uno de los Miembros y darlos a conocer a la Asamblea General.

7-3.10 Convocar a la Asamblea General, a la que se refiere el Capítulo VI.

7-3.11 Designar las comisiones que juzgue conveniente para el buen funcionamiento de la Asociación y vigilar las actividades de las mismas. Las comisiones permanentes estarán presididas por los Vocales correspondientes.

7-3.12 Buscar para la Asociación toda clase de ayuda o colaboración económica.

7-3.13 En general, realizar todos los actos que tiendan a lograr los fines de la Asociación.

7-3.14 El Comité Ejecutivo contará para su apoyo y desarrollo de actividades con:

  • La Secretaría Ejecutiva.
  • Las Comisiones de Trabajo.